Angélica Lozano en Capital Noticias situación laboral en el Distrito
Concejal Angélica Lozano hace alertas a la administración del alcalde Gustavo Petro en sus primeros cien días de gobierno
Lista de Candidatos inscritos para ser Personero de Bogotá
Los órganos de control en Bogotá estan en deuda con la ciudad. En los próximos 4 años deben cumplir con su deber: vigilar el correcto funcionamiento del distrito, la honradez de los funcionarios públicos y la correcta inversión de los recursos públicos así como las decisiones adoptadas en la administración. Es tarea de todos comprender quienes aspiran a uno de las responsabilidades de mayor trascendencia e impacto social en Bogotá. Por favor, revise la lista y en forma concreta, detallada y respetuosa, aporte los elementos de juicio e información que crea relevante sobre las 112 personas que aspiran a velar por el interés público. Escriba a Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. o deje sus comentarios el siguiente formulario.
Régimen constitucional
Constitución Política ARTICULO 118. El Ministerio Público será ejercido por el Procurador General de la Nación, por el Defensor del Pueblo, por los procuradores delegados y los agentes del ministerio público, ante las autoridades jurisdiccionales, por los personeros municipales y por los demás funcionarios que determine la ley. Al Ministerio Público corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas.
Perfil y elección del personero(a)
El Personero Distrital es posesionado y elegido por el Concejo Distrital para un periodo de cuatro (4) años, reelegibles.
Para ser Personero(a) hay que tener más de 30 años. Ser abogado titulado. Haber ejercido la profesión con buen crédito al menos durante cinco (5) años o el profesorado en derecho por igual tiempo. Para más información sobre las inhabilidades, faltas y atribuciones especiales…
La función general de la Personería es
La Personería de Bogotá D.C., promueve, divulga y actúa como garante, defensora de los Derechos Humanos y de los intereses de la ciudad. Ejerce la veeduría, el ministerio público, vigila la aplicación de las normas y la conducta de los servidores públicos distritales.
Para más información sobre la totalidad de las funciones de la Personería puede visitar este enlace…